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El 20 de noviembre de 1817, en el Palacio de Angostura, actual Estado Bolívar, el Libertador Simó n Bolívar decretó que se agregara una octava estrella a la Bandera Nacional , como emblema de la provincia de Guayana, que se liberó a finales de 1816.
Su decreto verso así: “Habiéndose aumentado el número de las provinc ias que componen la República de Venezuela, por la incorporación de la Guay ana, decretada el 15 de octubre último, decreto: Artículo único. A las siet e estrellas que lleva la Bandera Nacional de Venezuela se añadirá una, como emblema de la Provincia de Guayana, de modo que el número de las estrellas será en adelante de ocho”.
A pesar de ello, el decreto de las ocho e strellas, promulgado por Bolívar fue derogado por la Ley del 4 de octubre d e 1821, dictada por el Congreso de Cúcuta, una asamblea que tuvo por objeti vo la unificación de las repúblicas de Nueva Granada y Venezuela en una sol a nación.
En ell año 2005, el Comandante Hugo Chávez Frías, par a conservar el legado del Libertador de la Patria, propuso a los diputados a la Asamblea Nacional (AN), que a la Bandera Nacional, se le añadier a otra estrella como símbolo de la octava provincia, Guayana, y que al escu do de armas retornará el caballo indomable que simboliza la independencia.< /p>
Ell 7 de marzo de 2006, la Asamblea Nacional, derogará la Ley de Band era, Escudo e Himno Nacional del 17 de febrero de 1954.
X-ALT-DESC;FMTTYPE=text/html:El 20 de noviembre de 1817, en el Palacio de Angostura, actual E stado Bolívar, el Libertador Simón Bolívar decretó que se agregara una octa va estrella a la Bandera Nacional, como emblema de la provincia de Guayana, que se liberó a finales de 1816.
Su decreto verso así: “Habiéndose a umentado el número de las provincias que componen la República de Venezuela , por la incorporación de la Guayana, decretada el 15 de octubre último, de creto: Artículo único. A las siete estrellas que lleva la Bandera Nacional de Venezuela se añadirá una, como emblema de la Provincia de Guayana, de mo do que el número de las estrellas será en adelante de ocho”.
A pesar de ello, el decreto de las ocho estrellas, promulgado por Bolívar fue derog ado por la Ley del 4 de octubre de 1821, dictada por el Congreso de Cúcuta, una asamblea que tuvo por objetivo la unificación de las repúblicas de Nue va Granada y Venezuela en una sola nación.
En ell año 2005, el Comandante Hugo Chávez Frías, para conservar el legado del Libertador de la Patria, propuso a los diputados a la Asamblea Nacional (AN), que a l a Bandera Nacional, se le añadiera otra estrella como símbolo de la octava provincia, Guayana, y que al escudo de armas retornará el caballo indomable que simboliza la independencia.
Ell 7 de marzo de 2006, la Asamblea Nacional, derogará la Ley de Bandera, Escudo e Himno Nacional del 17 de feb rero de 1954.
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