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El 20 d e noviembre de 1817, en el Palacio de Angostura, actual Estado Bolívar, el Libertador Simón Bolívar decretó que se agregara una octava estrella a la B andera Nacional, como emblema de la provincia de Guayana, que se liberó a f inales de 1816.
Su decreto verso así: “Habiéndose aumentado el núme ro de las provincias que componen la República de Venezuela, por la incorpo ración de la Guayana, decretada el 15 de octubre último, decreto: Artículo único. A las siete estrellas que lleva la Bandera Nacional de Venezuela se añadirá una, como emblema de la Provincia de Guayana, de modo que el número de las estrellas será en adelante de ocho”.
A pesar de ello, el de creto de las ocho estrellas, promulgado por Bolívar fue derogado por la Ley del 4 de octubre de 1821, dictada por el Congreso de Cúcuta, una asamblea que tuvo por objetivo la unificación de las repúblicas de Nueva Granada y V enezuela en una sola nación.
En ell año 2005, el Comandante H ugo Chávez Frías, para conservar el legado del Libertador de la Patria, pro puso a los diputados a la Asamblea Nacional (AN), que a la Bandera Na cional, se le añadiera otra estrella como símbolo de la octava provincia, G uayana, y que al escudo de armas retornará el caballo indomable que simboli za la independencia.
Ell 7 de marzo de 2006, la Asamblea Nacional, derogará la Ley de Bandera, Escudo e Himno Nacional del 17 de febrero de 19 54.
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El 20 de noviembre de 1817, en el Palacio de Ango stura, actual Estado Bolívar, el Libertador Simón Bolívar decretó que se ag regara una octava estrella a la Bandera Nacional, como emblema de la provin cia de Guayana, que se liberó a finales de 1816.
Su decreto verso a sí: “Habiéndose aumentado el número de las provincias que componen la Repúb lica de Venezuela, por la incorporación de la Guayana, decretada el 15 de o ctubre último, decreto: Artículo único. A las siete estrellas que lleva la Bandera Nacional de Venezuela se añadirá una, como emblema de la Provincia de Guayana, de modo que el número de las estrellas será en adelante de ocho ”.
A pesar de ello, el decreto de las ocho estrellas, promulgado po r Bolívar fue derogado por la Ley del 4 de octubre de 1821, dictada por el Congreso de Cúcuta, una asamblea que tuvo por objetivo la unificación de la s repúblicas de Nueva Granada y Venezuela en una sola nación.
En el l año 2005, el Comandante Hugo Chávez Frías, para conservar el legado del Libertador de la Patria, propuso a los diputados a la Asamblea Naciona l (AN), que a la Bandera Nacional, se le añadiera otra estrella como símbolo de la octava provincia, Guayana, y que al escudo de armas retornará el caballo indomable que simboliza la independencia.
Ell 7 de marz o de 2006, la Asamblea Nacional, derogará la Ley de Bandera, Escudo e Himno Nacional del 17 de febrero de 1954.
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