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Política

ONU: Nuevo decreto en Colombia vulnera derecho a la protesta

La ONU aclaró que la presencia de niños o mujeres embarazadas en las marchas no debe interpretarse como un acto de violencia.

Especialmente se cuestiona el uso de la fuerza pública sin esperar a agotar el diálogo.

La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos alertó que el Decreto 1525 de 2026, firmado por el presidente Abelardo De la Espriella, podría propiciar el uso excesivo de la fuerza y la represión de movilizaciones pacíficas. La normativa modifica los protocolos de actuación policial durante las manifestaciones ciudadanas en todo el territorio nacional.

El organismo internacional cuestionó especialmente la disposición que autoriza a la fuerza pública a intervenir directamente ante conatos de violencia sin la necesidad de esperar el agotamiento de las instancias de diálogo. Asimismo, la ONU señaló que el simple porte de objetos potencialmente peligrosos no convierte automáticamente a un ciudadano en un actor violento ni despoja el carácter pacífico de una concentración.

Respecto a la restricción del tránsito, la representación de las Naciones Unidas advirtió sobre la ambigüedad del concepto de perturbación grave e inminente. En ese sentido, enfatizó que factores como la duración de las interrupciones viales, la relevancia estratégica de las arterias viales o las eventuales pérdidas económicas no constituyen razones suficientes para autorizar el uso de medidas coercitivas policiales, reseñaron medios internacionales.

Adicionalmente, se criticó la falta de precisión conceptual respecto a la supuesta instrumentalización de grupos vulnerables. La ONU aclaró de forma categórica que la simple presencia de niños, niñas, adolescentes, mujeres embarazadas o lactantes en las marchas no debe interpretarse bajo ninguna circunstancia como un acto deliberado de provocación o violencia.

En contraste, el presidente De la Espriella defendió la idoneidad del instrumento legal argumentando la urgencia de preservar el orden público y resguardar los derechos de la ciudadanía. El Gobierno colombiano aseguró que la medida establece una frontera clara entre el ejercicio legítimo del derecho a la protesta y la comisión de delitos.


Fuente: CiudadCCS

Publicado por AiSUR

Premio Nacional de Periodismo Necesario Anibal Nazoa 2020


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