Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) informó este sábado que ha suprimido las sentencias 155 y 156, que tratan sobre la inmunidad parlamentaria y las funciones de la Asamblea Nacional (AN).
Tras el exhorto del Consejo de Defensa de la Nación y luego de revisar los contenidos de las sentencias 155 y 156, publicadas el pasado 28 y 29 de marzo respectivamente, la Sala Constitucional precisó a través de su portal web:
“Sentencia 157: Se Aclara de Oficio la sentencia N° 155 de fecha 28 de marzo de 2017, en lo que respecta a la inmunidad parlamentaria. Se suprime dicho contenido. Se suprime la cautelar 5.1.1 de dicho fallo”.
“Sentencia 158: Se Aclara de Oficio la sentencia N° 156 de fecha 29 de marzo de 2017, en lo que respecta al punto 4.4 del dispositivo referido a que la Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por ésta o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho; cuyo contenido se suprime”.
Este viernes la Fiscal general de la república, Luisa Ortega Díaz, señaló que dichas sentencias representaban la ruptura del modelo de Estado y orden constitucional en la nación.
Más tarde, el presidente de la República convocó a una sesión del Consejo de Seguridad con el fin de dirimir las diferencias surgidas entre los Poderes Públicos por las polémicas decisiones del máximo tribunal.


